Baja del monotributo: cómo hacerla y qué revisar antes
Actualizado el 30 de agosto de 2026
Dejar de facturar no es darse de baja. Mientras el alta esté vigente, la cuota se sigue devengando mes a mes, con intereses. La baja es un trámite propio, simple, que conviene hacer el mismo mes en que se termina la actividad.
Cómo se hace
- Ingresar con Clave Fiscal al Portal Monotributo.
- Elegir la opción de baja e indicar el motivo: cese de actividad, pase al régimen general u otro.
- Indicar la fecha del cese. La baja tiene efecto desde el primer día del mes siguiente al que dejaste de trabajar; conviene solicitarla en ese mismo mes para que el sistema no siga devengando cuotas.
- Confirmar. El sistema emite la constancia de baja.
Si además estabas inscripto en otros impuestos o regímenes (empleador, Ingresos Brutos provincial), cada uno tiene su propia baja; la del monotributo no los arrastra.
Qué pasa con la cuota del mes
Se paga completa la cuota del último mes de actividad; no hay proporcional. Desde el mes de efecto de la baja no se devengan más cuotas. Si tenés débito automático, cancelalo en el banco o la tarjeta después de la última cuota.
La obra social
La cobertura se mantiene durante un período posterior a la baja, siempre que los aportes hayan estado al día. Si vas a seguir necesitando cobertura, averiguá antes cómo continuar en la misma obra social como adherente voluntario o con otro aporte.
Baja de oficio: cuando ARCA la hace por vos
Diez meses consecutivos sin pagar la cuota provocan la baja automática del régimen. No es una solución: la deuda de esos meses queda, con intereses, y para volver a darte de alta hay que regularizarla. Es siempre más barato dar la baja voluntaria a tiempo.
Cuándo conviene la baja y cuándo no
- Conviene si dejaste la actividad y no vas a facturar en varios meses: cada mes sin baja cuesta una cuota.
- No conviene si es una pausa corta y necesitás la obra social o mantener la antigüedad de aportes. En ese caso puede tener más sentido bajar de categoría.
- Exclusión: si superaste el tope de la K, no es una baja voluntaria sino una exclusión, con efectos desde el mes en que ocurrió y alta obligatoria en IVA y Ganancias.
Volver a darse de alta
Se puede reingresar al régimen después de una baja por cese sin plazo de espera, siempre que no haya deudas pendientes. Después de una exclusión, en cambio, hay un plazo de espera antes de poder volver al monotributo.