Período de prueba después de la reforma: cuánto dura y qué derechos tenés
Actualizado el 30 de agosto de 2026 · Ley 27.802
El período de prueba es el tramo inicial del contrato por tiempo indeterminado durante el cual cualquiera de las partes puede terminar la relación sin indemnización por antigüedad. La reforma de 2026 lo alargó y le quitó un requisito.
Cuánto dura ahora
- 6 meses como regla general (antes de 2024 eran 3).
- Hasta 12 meses en empresas de hasta 5 empleados, y plazos intermedios para las que están por debajo de cierta dotación, según lo habiliten los convenios colectivos.
El plazo se cuenta desde el inicio efectivo de la relación. Un trabajador no puede ser contratado más de una vez a prueba por el mismo empleador; si reingresa, no hay nuevo período de prueba.
Qué cambió además del plazo
Durante el período de prueba ya no es obligatorio el preaviso para terminar el contrato. Antes había que preavisar con 15 días o pagar la indemnización sustitutiva; ahora la desvinculación dentro del período no exige ese aviso ni ese pago.
Lo que no cambió
- El trabajador a prueba está registrado desde el primer día, con aportes, obra social y ART. Un trabajador no registrado no está "a prueba": está en negro, y el período de prueba se tiene por renunciado por el empleador.
- Cobra el sueldo de convenio completo, con todos los adicionales, y el tiempo a prueba cuenta como antigüedad si la relación continúa.
- Tiene derecho a las licencias pagas (enfermedad, examen, etc.) y a la protección contra el despido discriminatorio.
- Rige la protección por enfermedad: despedir durante una licencia médica, aun dentro del período de prueba, puede generar el pago de los salarios que faltaban de licencia.
Qué cobra quien es desvinculado a prueba
La liquidación final: días trabajados del mes, aguinaldo proporcional y vacaciones proporcionales no gozadas. No corresponde indemnización por antigüedad ni, con la reforma, preaviso.
Cómo se cuenta el final
Terminado el plazo sin que ninguna de las partes haya extinguido el contrato, la relación continúa como contrato por tiempo indeterminado común, con todas las indemnizaciones de la ley. Es habitual que la desvinculación se comunique los últimos días del período; conviene tener claro qué día vence.
Para el empleador
El período de prueba largo no habilita a rotar personal indefinidamente: la reforma mantiene la prohibición de contratar a prueba a quien ya trabajó para la empresa, y el uso abusivo de la figura puede considerarse fraude laboral.